La Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI) fue publicada en 2005. En ese momento, la posibilidad de realizar los aportes a través del financiamiento directo a proyectos de investigación científica y tecnológica realizados por las empresas, universidades y centros de investigación hizo parecer que, al menos, este tributo no era un pozo sin fondo. Lamentablemente, esta opción desapareció y el aporte LOCTI se convirtió en un paratributo más sobre las espaldas de los contribuyentes venezolanos.
1. ¿Quiénes son Aportantes LOCTI?
El Art. 25 de la LOCTI [ la consultas aquí ] establece que serán aportantes todas las personas jurídicas, privadas o públicas, domiciliadas o no en el país que realicen actividades económicas en el territorio nacional y hayan obtenido ingresos brutos anuales superiores a cien mil Unidades Tributarias (100.000 UT) en el ejercicio fiscal inmediato anterior, que califiquen como:
- Compañías anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada
- Sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las comunidades, así como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregulares o de hecho
- Las asociaciones, fundaciones, corporaciones, cooperativas y demás entidades jurídicas o económicas no citadas en los numerales anteriores
- Los establecimientos permanentes, centros o bases fijas situados en el territorio nacional.
Están excluidas las personas naturales independientemente de los ingresos que haya obtenido en el ejercicio fiscal inmediato anterior, quiere decir que los fondos de comercio / firmas personales no están obligados a realizar aporte LOCTI.
2. ¿Cómo determinar si una entidad está obligada a realizar el aporte al FONACIT?
Para saber si la empresa es sujeto del “Aporte LOCTI”, deberás considerar los ingresos brutos obtenidos durante el ejercicio fiscal anterior y dividirlos entre el valor de la Unidad Tributaria vigente para ese período.
Con la prohibición del uso de la Unidad Tributaria para la determinación y cálculo de otros tributos, aportes y contribuciones es necesario aclarar cuál Unidad Tributaria se usará para determinar la obligación de aportar. Esta prohibición la impuso primero la Administración Tributaria vía Providencia Administrativa SNAT/2018/0129 del 11 de Septiembre de 2018 y luego fue ratificada por en la Reforma al Código Orgánico Tributario ocurrida en 2020.
¿Cuál Unidad Tributaria usar para determinar la obligación?
La página web del SIDCAI no ofrece ninguna aclaratoria a este respecto. Dado que desde septiembre de 2018 está prohibido usar la UT para cualquier otro tributo, aporte o contribución y que el SIDCAI no emitido su propia UT, como por ejemplo han hecho los municipios, es necesario remitirse a la última UT que era de “libre uso” y esa es la publicada en la Gaceta Oficial N° 41.423 del 20 de Junio de 2018 equivalente a Bs. 0,012 (B.F. 1.200,00 antes de la Reconversión Monetaria) [ Texto aquí ]
En la práctica, ¿Cualquiera es aportante LOCTI FONACIT?
Lamentablemente es así, porque al utilizar una UT equivalente a Bs. 0,012 para determinar los obligados a contribuir, obtenemos que 100.000 UT de ingresos brutos al año equivalen a Bs. 1.200,00. Sí, mil doscientos bolívares que actualmente no representan nada por la destrucción del poder de compra de la moneda en medio de la hiperinflación que afecta la economía venezolana.
3. ¿Cuál es el período impositivo del aporte al FONACIT?
El aporte al FONACIT, conocido también como “aporte LOCTI”, se determina por períodos impositivos anuales en función del ejercicio económico del contribuyente. Para una entidad con un ejercicio económico regular, el período impositivo será del 01 de Enero al 31 de Diciembre de cada año.
4. ¿Cuál es la Base Imponible del aporte al FONACIT?
La Base Imponible del aporte al FONACIT se determina en base a los ingresos brutos de la entidad. Entenderemos por ingresos brutos, lo siguiente: “ingresos, proventos y caudales, que de modo habitual, accidental o extraordinario, devenguen los aportantes por cualquier actividad que realicen, siempre que no estén obligados a restituirlos por cualquier causa, sin admitir costos ni deducciones de ningún tipo.”
5. ¿Cuál es la alícuota impositiva del aporte al FONACIT?
La LOCTI en su Art. 26 establece que la alícuota impositiva, se aplicará de la siguiente manera:
- Dos por ciento (2%) cuando la actividad económica sea una de las contempladas en la Ley para el Control de los Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles, y todas aquellas vinculadas con la industria y el comercio de alcohol etílico, especies alcohólicas y tabaco.
- Uno por ciento (1%) en el caso de empresas de capital privado cuando la actividad económica sea una de las contempladas en la Ley Orgánica de Hidrocarburos y en la Ley Orgánica de Hidrocarburos Gaseosos, y comprenda la explotación minera, su procesamiento y distribución.
- Cero coma cinco por ciento (0,5%) en el Caso de empresas de capital público cuando la actividad económica sea una de las contempladas en la Ley Orgánica de Hidrocarburos y en la Ley Orgánica de Hidrocarburos Gaseosos y comprenda la explotación minera, su procesamiento y distribución.
- Cero coma cinco por ciento (0,5%) cuando se trate de cualquier otra actividad económica.
6. ¿Cuándo debe efectuarse el aporte al FONACIT?
El Art. 6 del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación referido a los aportes, el financiamiento y su resultado, y la ética en la investigación, tecnología e innovación [ lo consultas aquí ] establece que los aportantes deberán realizar la declaración y pago del aporte durante el segundo trimestre luego del cierre del ejercicio económico en el que se generaron los ingresos brutos que constituyen la base de cálculo del tributo.
Para las empresas con ejercicios económicos regulares, el aporte debe hacerse entre el 01 de Abril y el 30 de Junio de cada año.
7. ¿Cómo realizo la declaración del aporte LOCTI FONACIT?
Primero debes proceder a registrarte en el Sistema para Declaración y control del Aporte en Ciencia, Tecnología e Innovación (SIDCAI) a través de su sitio web http://www.sidcai.fonacit.gob.ve/ donde te encontrarás con una pantalla como esta.
